SISTEMA PROVINCIAL DE ESCUELAS Y SERVICIOS HOSPITALARIAS Y DOMICILIARIAS
FATALA presentó un proyecto de ley para crear este sistema

En la última sesión de la Cámara, el Diputado Provincial –Ing. Osvaldo Fatala-, presentó un Proyecto de Ley para la creación del Sistema Provincial de Escuelas y Servicios Hospitalarias y Domiciliarias. Dicho proyecto tiene su origen en la necesidad de atender las demandas educativas de alumnos y alumnas que, por razones de enfermedad se ven imposibilitados de iniciar o continuar con el proceso educativo formal en su escuela de origen, sea inicial, primaria, primaria especial o secundaria.
En este sentido, el objetivo fundamental de dicho proyecto es el de iniciar y/o continuar con la atención educativa a niños, niñas y adolescentes que por causas de enfermedad se ven obligados a guardar un período prolongado de internación en hospitales, sanatorios, clínicas o reposo en sus domicilios particulares; y lograr su posterior reinserción en su escuela de origen.
Ante esto, el diputado explicó que "el derecho a la educación es un derecho protegido por nuestra Constitución Nacional, por tratados internacionales de rango constitucional y por leyes nacionales. Todas las personas gozan del derecho a recibir una educación de calidad, es decir, una educación más inclusiva y, en este sentido, la inclusión aspira a hacer efectiva la plena participación y aprendizaje de cada persona, prestando especial atención a quienes, por diferentes razones, se encuentran en situación de vulnerabilidad o desventaja educativa y social."
"Para ello –agregó-, es necesario ofrecer diferentes itinerarios y trayectorias equivalentes en calidad que permitan a todas las personas adquirir, por diferentes vías, las competencias necesarias para actuar en la sociedad y desarrollar el propio proyecto de vida.También las orientaciones de la Política Educativa deben responder a principios básicos tales como la necesidad de crear condiciones para la igualdad de oportunidades que habitualmente se referencian con las posibilidades de acceso. Como con ello no basta, por consiguiente, se debe tener presente la provisión de los medios necesarios para un desarrollo equitativo dentro del sistema que oriente a una igualdad real para que todos puedan además egresar en condiciones equitativas. Esto supone que las políticas de promoción de la igualdad educativa deben basarse en un apoyo desigual que redunde en un mayor beneficio de los miembros menos aventajados de la sociedad."
No obstante esto el legislador expresa que "se continúa con los casos de exclusión, especialmente en los sectores más vulnerables. Es el caso de los niños/as y adolescentes hospitalizados enfermos crónicos o bajo tratamientos ambulatorios, que provocan altos índices de ausencias a la escuela producto de prolongados períodos de hospitalización o tratamientos médicos, como también generan casos de repitencia y abandono escolar. Ello implica que un número significativo de niños/as y adolescentes se vean impedidos de terminar los diferentes niveles obligatorios de educación."
Ante este panorama, el diputado Fatala sostiene que "es preciso promover y desarrollar una pedagogía flexible y compensatoria que les permita a los niños/as y adolescentes hospitalizados o en tratamiento ambulatorio acceder a la educación de calidad en su lugar de internación o recuperación."
Este es el campo de la Pedagogía Hospitalaria: "…rama diferencial de la pedagogía que se encarga de la educación del niño enfermo y hospitalizado, de manera que no se retrase en su desarrollo personal ni en sus aprendizajes, a la vez que procura atender a las necesidades psicológicas y sociales generadas como consecuencia de la hospitalización y de la concreta enfermedad que padece…" (Olga Lizasoáin - España-2000).
"En este sentido –agregó- el objetivo de este proyecto de ley es garantizar el derecho a la educación de los niños /as y adolescentes en situación de enfermedad o impedimentos físicos, permitiendo la continuidad de sus estudios y su posterior reinserción en el sistema común, cuando ello sea posible."
Siguiendo este razonamiento, Fatala explicó que "si bien el niño, niña o adolescente enfermo que acude a un hospital es un paciente, también es una persona que tiene el derecho y el deber de seguir educándose. Para que este alumno no permanezca inactivo y pase su tiempo en una actividad conocida por él y que le es propia -la escolar-, se deben establecer medidas de atención a la diversidad que garanticen la continuidad del proceso escolar normal, tendiendo puentes entre el Hospital, el domicilio familiar y la escuela de origen del niño. Pero para ello se hace necesaria una adecuada planificación didáctica y organizativa."
Por este motivo, el legislador afirma que es preciso tener en cuenta que "la enfermedad les provoca una disminución de su energía y concentración e influye negativamente en su desarrollo cognitivo, afectivo y social. Asimismo, las enfermedades crónicas difieren en intensidad. Unas veces, las necesidades educativas pueden atenderse en el aula ordinaria con ayuda educativa, en el hospital, o en casa; otras, necesitarán programas específicos de educación especial."
"El período de la enfermedad, los tratamientos y los efectos secundarios son muy variados y hacen que los niños atraviesen altibajos; por lo tanto, sus necesidades educativas son más impredecibles que las de otras deficiencias. Y en este sentido la respuesta educativa a estas necesidades debe ser rápida y flexible, requiere de una coordinación entre la educación hospitalaria y la común, y el reconocimiento de que los niños con problemas de salud son responsabilidad de toda la escuela, y de todos los servicios."
"Por eso a raíz del conocimiento de esta problemática y atendiendo al derecho a la educación que todo niño/a y adolescente tiene, incluso en caso de encontrarse hospitalizado o con reposo domiciliario, proponemos el reconocimiento de los escuelas Hospitalarias existentes actualmente y la creación de otras, con sus aulas dentro de los hospitales en cada uno del los Nodos Regionales."
Estas aulas, tanto por sus especiales características de espacio y lugar de situación, así como por el tipo de alumnos, requieren un tratamiento especial y una actuación educativa diferenciada con relación a la común. Por esta razón, estos espacios excepcionales de aprendizaje se establecen como áreas abiertas y flexibles, donde el paciente pediátrico puede acudir libremente, ausentándose siempre que lo requiera su asistencia sanitaria.
Asimismo, añadió que "se debe tener en cuenta a la hora de trabajar con el niño enfermo y hospitalizado una serie de técnicas encaminadas a fomentar su creatividad, el perfeccionamiento de sus destrezas, habilidades, capacidades de movimiento, limitaciones físicas y la utilización de nuevas tecnologías. Todo ello dentro de un espacio idóneo dentro del hospital, en el que puedan relacionarse con otros niños con los que compartir sus experiencias sobre la enfermedad y también el tiempo que éstos pasan en dependencias compartidas, como son los pasillos, la biblioteca, sala de juegos o en sus habitaciones, ayudándoles a superar con mayor prontitud los problemas de salud y propiciando que sientan lo menos posible la lejanía de su ambiente familiar y social."
A través de la comunicación con otros niños que sufren problemas iguales o parecidos a lo suyos, mediante la utilización de las nuevas tecnologías, se intenta relegar a un segundo plano la soledad, el aburrimiento y el aislamiento que puede sufrir el niño recluido en un centro de salud con enfermedades de larga duración y/o pronóstico grave, teniendo presente que la finalidad más importante de las Aulas Hospitalarias es ofrecer al alumno un lugar donde desarrollar sus actividades escolares normalmente, sin experimentar ningún retroceso en su nivel académico.
Todo esto tiende a reproducirse en el domicilio de aquellos que deben guardar reposo domiciliario, ya que los docentes en esta modalidad generalmente son los mismos de las aulas hospitalarias. En la modalidad domiciliaria el hogar pasa a ser el ámbito donde se educan, es decir, allí se generan modalidades y estrategias pedagógicas que dan respuesta a la escolarización en los procesos que generan su reposo domiciliario hasta poder regresar a su escuela de origen.
Santa Fe cuenta con una historia de más de 30 años de Escuelas Hospitalarias y domiciliarias. La "Primera Escuela Domiciliaria y Hospitalaria Nº 1254 de Rosario" nace en el año 1972 como respuesta de la Asociación de Ex alumnas de la Escuela Normal Nº 1 a una demanda de la comunidad: brindar servicio educativo a niños hospitalizados. En el año 1983 fue incorporada al Servicio Provincial de Educación Privada del Ministerio de Educación de la Provincia de Santa Fe. A lo largo de estos años han atendido a gran cantidad de niños con problemas onco-hematológicos, con enfermedades crónicas en espera de transplantes, con traumatismos, quemaduras y otras patologías, en forma transitoria o permanente, atendiéndolos en forma gratuita, en su domicilio particular, o en la institución en la que eventualmente puedan estar internados. Además se presta servicio educativo en el Hospital de Niños "Víctor J. Vilela" de Rosario. Para garantizar la continuidad de su proyecto educativo que persigue la equidad y el cumplimiento de los derechos del niño, se gestiona la oficialización de la Escuela, dado que el Estado es el actor garante insoslayable para una educación inclusiva y para todos.
Asimismo, en la ciudad de Santa Fe se encuentra la "Escuela Particular Nº 1310 de Servicio Hospitalaria y Domiciliaria" que fue creada hace 20 años por el SADoP (Sindicato Argentino de Docentes Particulares), como una herramienta de lucha concreta contra la discriminación que sufrían los niños en situación de enfermedad. La misma ofrece atención educativa gratuita a alumnos con necesidades educativas especiales (NEE) derivadas de la enfermedad orgánica, provenientes de escuelas públicas de gestión oficial o privada, común o especial y en los niveles de educación inicial, primaria, primaria especial y secundaria. Cuenta con un plantel de: maestros de grado, maestros de Educación Artística, Educación Física, Profesores de Tercer Ciclo, tutor, psicólogo, secretarias, profesora de Educación Especial, Directora y Vice-directora. El servicio abarca la Ciudad de Santa Fe y Santo Tomé y a aquellos niños del centro-norte de la provincia que se encuentren hospitalizados en los efectores públicos de la mencionada ciudad.
"Estos dos ejemplos –concluyó el legislador- nos marcan que debemos dar respuesta a situaciones que no podemos seguir desconociendo en materia de Educación Hospitalaria y Domiciliaria. Se torna necesario e imprescindible dotar de un instrumento normativo que regularice el sistema, más aun si tenemos en cuenta que la Ley de Educación Nacional Nº 26206 reconoce a la modalidad hospitalaria y domiciliaria, dentro del sistema educativo en sus artículos 17, 60, y 61."












