Entrega de 50 escrituras como bien de Familia.
Lo lleva adelante el gobierno provincial.

Hoy a la tarde en el Centro Cívico, se estarán entregando escrituras afectadas al programa Protege Tu Casa, es un tramite gratuito que lleva adelante el Registro de la Propiedad.
El acto se realizará este martes a las 18.30 en el marco del programa
“Protegé tu casa”, implementado por el Ministerio de Justicia y Derechos
Humanos. Se trata de una herramienta jurídica destinada a resguardar la
vivienda familiar frente a adversidades económicas.*
La Secretaría de Gestión Pública, dependiente del Ministerio de Justicia y
Derechos Humanos, realizará este martes 30 el acto de entrega de 50
escrituras afectadas como bien de familia, en el marco del Programa
“Protegé tu casa”, en la ciudad de Reconquista.
Del total de escrituras que se van a entregar, 30 corresponden a vecinos de
la ciudad de Reconquista, y 20 a vecinos de Avellaneda, según informaron
desde el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
El evento tendrá lugar desde las 18.30, en la sede del Nodo Reconquista,
ubicado en Hipólito Yrigoyen 1415 de esa ciudad, y contará con la
participación del secretario de Gestión Pública del Ministerio de Justicia
y Derechos Humanos, Matías Figueroa Escauriza.
El programa provincial “Protegé tu casa” es una herramienta jurídica
destinada a resguardar la vivienda familiar, llevado adelante por la
dirección provincial del Registro General de la Propiedad dependiente del
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
PROTEGER LA VIVIENDA
La afectación es una protección jurídica destinada a resguardar el asiento
de la familia frente a las adversidades económicas. Mediante un acto
administrativo gratuito que se realiza en el Registro General de la
Propiedad y sus sedes en los nodos de la provincia, se puede acceder a este
derecho.
Esto permite que el hogar no pueda ser ejecutado por deudas posteriores a
la afectación. Si tienen un embargo o una hipoteca, igualmente se puede
proteger la vivienda para futuras deudas, pero las contraídas con
anterioridad sí pueden atacar el inmueble.
Pueden ser beneficiarios la/s persona/s propietaria/s afectante/s en su
propio beneficio; cónyuge, conviviente, ascendientes (padres, abuelos),
descendientes (hijos, nietos) y, a falta de los anteriores mencionados,
pueden designar a sus parientes colaterales de hasta tercer grado con la
obligación de que convivan en el inmueble protegido (hermanos, sobrinos,
tíos).